Lo que hay que saber
- El expediente de regulación de empleo, entre ERE y ERTE, es la diferencia entre despido definitivo y pausa provisional en la relación laboral.
- El proceso está cargado de trámites legales, negociaciones y montañas de papeles; no hay lugar para el error ni el descuido administrativo.
- Las consecuencias golpean fuerte: el bolsillo, los derechos y la cabeza fría; la clave está en saber reaccionar, pedir ayuda y no perder de vista la letra pequeña.
¿Quién no ha sentido un ligero vértigo cuando, en medio de una reunión o en un rumor de pasillo, alguien lanza la bomba del ERE o el ERTE? De pronto, la atmósfera se carga, las cabezas se giran y hasta el café parece enfriarse de golpe. Algunos se imaginan ya en la cola del paro, otros revisan mentalmente su contrato, y todos buscan respuestas desesperadamente. Porque sí, esas siglas —que no faltan en los titulares últimamente— pueden dar más vueltas que un DJ el sábado por la noche. Pero, ¿qué se esconde realmente detrás del expediente de regulación de empleo? ¿Qué cabe esperar cuando uno de estos procesos se materializa en la realidad de una empresa?
El expediente de regulación de empleo: conceptos básicos y diferencias (que pesan más de lo que parece)
Ah, las palabras ERE y ERTDos sílabas que nunca suenan igual, aunque compartan escenario en el vocabulario jurídico. Seguro que algunos piensan aún que son sinónimos, o confunden el uno con el otro «total, cosas de despidos». Pero hay matices, y vaya si los hay.
¿Qué es, en realidad, un ERE? ¿Y cómo se diferencia de un ERTE?
No hay vuelta de hoja: un ERE, un expediente de regulación de empleo, es legal pero trae consecuencias definitivas. Cuando una empresa inicia uno, significa despedidas colectivas, contratos que se esfuman. El ERTE, por su lado, tiene una melodía menos oscura; permite suspender contratos de modo temporal o incluso recortar la jornada, aunque el vínculo laboral sigue existiendo (algo así como una pausa en medio de la película, donde nadie sabe si la historia tendrá final feliz).
La ley, siempre presente con lupa y bolígrafo, marca las reglas. El Estatuto de los Trabajadores vigila el proceso. Mientras el ERE es esa puerta tras la que todo cambia, el ERTE ofrece una salida de emergencia más amable ante dificultades ¿Imagina una empresa que de repente pierde un cliente que movía la mitad de la facturación? El ERE aparece por la puerta. Pero un problema puntual, una avería gorda o una huelga de transporte: ahí se huele el ERTCada cual con su propio ritmo.
¿De verdad es tan grande la diferencia?
Innegable: el ERE suele ser la despedida definitiva. El ERTE, en cambio, permite (si la suerte acompaña) volver al puesto tras varias semanas o meses de paréntesis. El primero rompe el contrato de raíz; el segundo suspende o reduce, sin cortar todos los lazos. Impacto emocional y legal por partida doble o mitigada.
Ambos surgen ante causas de fuerza mayor — y la vida laboral no escapa a la sorpresa — económicas, técnicas, organizativas o productivas. Eso sí, en el ERE hay indemnización como elemento obligado y acceso al paro, mientras que en el ERTE el pago extra no suele aparecer; en contrapartida, surge la prestación por desempleo… pero parcial. El matiz lo cambia todo.
| Criterio | ERE | ERTE |
|---|---|---|
| Naturaleza | Extinción del contrato | Suspensión temporal o reducción de jornada |
| Duración | Permanente | Temporal |
| Indemnización | Corresponde pago | No suele corresponder pago (excepto mejoras) |
| Prestación | Acceso a desempleo | Acceso a prestación por desempleo parcial |
A fin de cuentas, conocer la verdadera naturaleza de cada figura puede hacer que el susto inicial dure menos… o al menos que la reacción sea más certera que el simple «¿y ahora qué hago?».
¿Cómo es el itinerario legal de un expediente de regulación de empleo?
No hay sortilegios ni jugadas secretas: la ley, aquí, no da margen a la improvisación. A veces asusta la frialdad del procedimiento, pero no está de más repasar paso a paso ese camino plagado de trámites (más de uno querría que fuese menos enrevesado).
¿Por dónde se empieza? Documentación y requisitos previos
Antes de apretar el botón rojo, la empresa tiene que ponerse seria con el papeleo: memoria detallada, listado de empleados afectados actualizado, actas (sin tachones) del periodo de consultas y, cómo no, el aviso a la autoridad laboral pertinente. Nada puede fallar, porque un error administrativo puede retrasar todo el proceso más de lo que uno imagina (con el consiguiente enfado colectivo).
El registro —listas, documentos, comunicaciones— se hace por el cauce oficial y con las plantillas estandarizadas (esos archivos PDF que parecen nunca terminar). Un detalle olvidado y todo el esfuerzo se tambalea.
El famoso periodo de consultas ¿sirve para algo realmente?
Este momento lo marca la ley y, a ratos, parece una auténtica negociación de película: sindicatos y representantes de los empleados preguntando, exigiendo, planteando escenarios alternativos. El objetivo es pulir la propuesta, buscar soluciones menos dramáticas o al menos suavizar el golpe final.
Las asesorías y especialistas sindicales suelen entrar aquí en acción, traduciendo normativas incomprensibles y a veces descubriendo salidas que ningún jefe había pensado. Colaborar no siempre garantiza un final feliz, pero ahorra líos a medio plazo y deja constancia de que «se intentó todo».
¿Quién tiene la última palabra? Resolución de la autoridad laboral
Finalizadas las negociaciones, la administración pasa a la ofensiva: en un plazo que rara vez supera las dos semanas decide si aprueba, deniega o pide cambios en el expediente. Si el «no» llega por sorpresa, queda la vía judicial abierta (porque lo laboral, en ocasiones, termina en tribunales).
Así que, si hay fundamento sólido, el expediente prospera. Si no, peleas de recursos y sentencias a la vista.
¿Y las comunicaciones? ¿Quién avisa a quién y cómo?
Hay regla inquebrantable: todo se notifica con papeles formales y por canales reconocidos (vía electrónica para más inri). Las administraciones —SEPE, Trabajo— pasan a ser protagonistas en la vida diaria del expediente.
El seguimiento de cualquier novedad, comunicación de Estado o acuse de recibo se hace con certificados digitales en ristre, enlaces que se guardan como tesoros, y una espera que a veces desespera.
| Documento | Obligatorio para | Finalidad |
|---|---|---|
| Memoria explicativa de causas | Empresa | Justificar motivo del procedimiento |
| Listado de trabajadores afectados | Empresa | Detalle de personas implicadas |
| Actas del periodo de consultas | Empresa/Sindicatos | Registro de negociaciones |
| Comunicación a la autoridad laboral | Empresa | Notificación oficial del expediente |
Todo parece atado y bien atado, pero… ¿cómo afecta esto al bolsillo y a la vida diaria de los trabajadores?
¿Qué impacto tiene el expediente de regulación de empleo en trabajadores y empresas?
Consecuencias reales para los empleados: ¿qué cambia de verdad?
Un ERE abre camino directo a la indemnización y al paro, y el ERTE, a una prestación menos generosa pero que conserva derechos antiguos. La cantidad recibida depende del salario, los años de servicio, y claro, del convenio colectivo de turno.
Muchos empleados se preguntan: ¿podría impugnar este proceso si veo algo turbio? La respuesta es sí; de hecho, pocos procedimientos terminan sin algún recurso.
¿Cómo actuar si la empresa anuncia un expediente de regulación de empleo?
La tormenta desatada por un ERE o ERTE requiere respuestas rápidas y prácticas. Nada de quedarse en blanco: toca tomar la iniciativa y proteger derechos con cabeza fría.
Estrategias para moverse y defenderse
- Revisar cada comunicación recibida y solicitar justificantes de todo
- Simular la liquidación, la indemnización y la prestación a recibir (no fiarse de cálculos rápidos)
- Acudir a la Inspección de Trabajo o a tribunales si se detecta cualquier irregularidad
- Buscar alternativas: recolocaciones, cursos de reciclaje profesional, orientación sindical
En paralelo, las empresas tienen su parte del pastel: deben ofrecer acompañamiento, mantener la información siempre actual y buscar recolocaciones internas. Estar al día con la normativa y utilizar los formularios correctos reduce riesgos y sustos.
No existen fórmulas mágicas, pero saber cómo reaccionar cuando llegan las siglas ERE o ERTE ya pone a quienes las afrontan en la casilla del «listos para lo que venga», aunque el miedo inicial nunca desaparezca por completo.













