Periodo de prueba contrato indefinido: ¿cómo funciona y cuáles son tus derechos?

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Firmar un contrato indefinido evoca sensaciones encontradas: ilusión por la estabilidad y, al mismo tiempo, ese escozor del “a ver por dónde sale esto”. El periodo de prueba llega como ese pasajero incómodo en la aventura laboral, el que nadie termina de saber si es compañero de viaje o enemigo silencioso. Y mire por dónde: en España la cosa va en serio, porque la ley —ese sabueso que todo lo olisquea— lo deja todo apuntado. El Estatuto de los Trabajadores (esa especie de manual de instrucciones que nadie suele leer de verdad) lo deja muy clarito: si el periodo no está escrito, olvídese del misterio, ni rastro. Nada de flotar en el limbo contractual; aquí, las reglas y los plazos se usan sin rodeos, y todos quedan pegados con pegamento desde el segundo uno.

¿Qué es realmente el periodo de prueba en el contrato indefinido?

Se habla tanto del dichoso periodo de prueba como si fuese un pase de magia o un trámite más. Nada de eso: detrás late un motor legal con reglas precisas. Y sí, hay letra pequeña para no pisar minas.

¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores?

El famoso artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores no se anda con rodeos. Todo tiene que ir por escrito, nada del “ya se verá”. ¿Duración máxima? Seis meses en técnicos con título bajo el brazo, dos meses para el resto; y todavía hay más: en las pequeñas empresas a veces bajan a tres meses para oficinistas y operarios menos cualificados, siempre si el convenio así lo ha decidido. Ahora, datos que no todo el mundo sabe: derechos y obligaciones están pegados desde el principio, sin medias tintas. Todo el mundo juega con cartas abiertas: cualquiera puede romper el contrato, sin excusas, siempre que no haya sustos ilegales por el medio.

  • Tiene que aparecer por escrito en el contrato, o no existe.
  • Duración máxima, bien definida: dos meses para la mayoría, seis para técnicos titulados.
  • No vale cuando el trabajo ya se ha realizado antes en la misma empresa.
  • Derechos laborales completos desde el día uno.
  • Despedida libre, sin explicaciones, salvo si huele a discriminación.

¿Por qué la prueba necesita estar por escrito?

Si el periodo de prueba no asoma en el papel, entonces nadie puede sacarlo del bolso. La magia desaparece. ¿Faltan datos o no se pone una duración clara? Al final lo que hay es un contrato indefinido desde el principio — y ni rastro de prueba ni excusas para experimentos.

¿Se comporta igual en todos los contratos?

Ah, los contratos temporales… nada que ver. En un temporal de menos de seis meses ese periodo se limita a un mes, y en prácticas, arriba de dos meses no se va. En el indefinido, la cuerda es más larga. ¿Resultado? Algo más de colchón, algo más de sosiego para el que apuesta a largo plazo.

¿Dónde encontrar recursos útiles (pero de verdad)?

SEPE es el equivalente laboral a la Wikipedia que nunca falla: plantillas, modelos de cláusulas, guías para evitar tropiezos, incluso inventarios en modo checklist. Los despistados encuentran ahí respuestas antes de meter la pata. No se quedará nadie con la duda.

Duración máxima y esas rarezas según empresa y tipo de trabajo

No hay una respuesta para todos igual; el oficio, el tamaño de la empresa o el dedo del convenio pueden cambiar las reglas del juego.

¿Cómo funciona la duración según el puesto y la empresa?

Técnico titulado, seis meses. Normalito, dos meses. Pequeñas empresas, a veces tres meses, convencidos por el convenio. Todo esto suena a receta de cocina: cada ingrediente debe ser exacto y, ojo, siempre visible en el contrato. Si alguien lo deja al aire, luego no vale lloriquear.

¿El convenio colectivo puede cambiarlo todo?

El convenio colectivo, ese que casi nadie lee, pero que puede recortar el periodo de prueba o, a la vez, estirarlo en casos muy concretos. Sectores como hostelería o la tecnología sorprenden con variaciones curiosas. ¿Un consejo? Antes de dar el salto, leer, comparar y no dejar ninguna pregunta en el aire. Los pactos secretos, solo en las películas.

¿Puede la empresa imponer otra vez el periodo de prueba a alguien ya conocido?

No sirve reinventar la rueda. Una persona que ya estuvo en la casa haciendo el mismo curro no tiene que pasar de nuevo por la casilla de salida. Reglas pensadas para que nadie juegue con la repetición gratuita, y héroes anónimos (o no tanto) agradecen no tener que revivir el déjà vu de la prueba.

¿Cómo comparar plazos y entender cada norma?

El SEPE o el sindicato de turno tienen sus diagramas y comparadores listos. Las particularidades del artículo 14 cobran vida en esos mapas rápidos que aclaran más de lo que confunden. Adaptar y comprobar antes de firmar: esa es la clave para que no le intenten colar la trampa.

¿Qué derechos y obligaciones navegan durante el periodo de prueba?

El periodo de prueba trae su equipaje legal, y muchos aún creen que durante esos días se está en tierra de nadie. Justo al revés.

¿Está protegido el trabajador desde el inicio?

Ese rumor de que en periodo de prueba el trabajador va con “derechos light” flota pero no se sostiene: salario listo, cotización en regla, vacaciones sin recortes, todo con la mochila completa. Sí, incluido permitir bajas y permisos igual que si llevara años en la empresa.

¿La empresa tiene obligaciones también?

Nada de dejar las cosas a medias: la empresa debe ser capaz de explicarlo todo con detalle, cumplir límites y requisitos, inscribir bien en Seguridad Social desde el primer minuto y proporcionar la formación básica de prevención. Hasta el más despistado acaba aprendiendo que saltarse esto trae cola.

¿Qué ocurre cuando una parte quiere cerrar la historia antes de tiempo?

Nadie se casa forzosamente durante el periodo de prueba, pero tampoco es cuestión de irse en silencio y sin recoger las migas.

¿Cómo se pone fin al contrato en periodo de prueba?

Para cerrar la etapa, ni rituales ni papeles interminables: vale con avisar, aunque siempre será mucho mejor dejar constancia por escrito (¡la memoria falla!). Preaviso solo cuando el convenio lo exige, explicación de motivos tampoco resulta obligatoria, salvo alerta jurídica por discriminación. Sin embargo, la empresa sí tiene que entregar el certificado, ya que de ese detalle depende el acceso a la prestación por desempleo. Los papeles en regla ahorran sustos.

¿Cómo sería una cláusula bien escrita de periodo de prueba?

Ejemplo vivo: “Se acuerda un periodo de prueba de dos meses, durante el cual cualquiera de las partes podrá finalizar la relación sin necesidad de preaviso ni causa, respetando los derechos y deberes vigentes”. ¿Copia-pega? No. Adaptación al caso y revisión concreta, porque ningún contrato real es igual a otro, aunque la plantilla tienda trampas de copia.

¿Dónde buscar ayuda o resolver dudas legales sobre la prueba?

Existen aliados más cerca de lo que parece: algunos ni piden cita ni hacen largas colas, y suelen tener ganas de ayudar.

¿Qué organismos pueden echar un cable?

SEPE, Inspección de Trabajo, sindicatos y hasta las propias mutuas laborales aguardan silencio en el fondo, preparados para consultas y reclamaciones. Un dato interesante: el asesoramiento aquí es siempre gratuito y suele ser bastante rápido.

¿Trucos para ir con seguridad jurídica?

No basta con confiar. Antes de lanzar la firma, tocaría leer en serio el documento, quedarse con copias, preguntar cada coma que suena rara, mirar bien el convenio sectorial y, por qué no, consultar con alguien que haya pasado por ello o con un abogado laboralista. Que no le digan que preguntar es de desconfiado; a veces eso salva de meses de pesadillas.
El primer campo de batalla laboral tiene nombre: “periodo de prueba”. Entenderlo, sin miedo ni secretos, permite caminar seguro incluso entre trampas legales.

Preguntas más frecuentes

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¿Qué pasa si te despiden durante el periodo de prueba?

Un despido durante el periodo de prueba suena drástico, pero el periodo de prueba es, justo, una fase de tanteo: casi como probar unas zapatillas nuevas antes de decidir si hacen daño o no. Si el empleador decide prescindir justo ahí, nada de drama fuera de lo normal: está obligado a abonar al trabajador todo lo adeudado, lo que haya trabajado hasta ese momento, punto. Indemnización por despido, nada (salvo que el contrato traiga una sorpresa). Es un cierre de ciclo limpio. ¿Más justo, más frío, más práctico? A debate. Pero reglas claras: periodo de prueba, pago de lo trabajado, listo. A otra cosa, mariposa.

¿Cuál es el periodo de prueba para un contrato a término indefinido?

El periodo de prueba en un contrato a término indefinido: ahí está el misterio que angustia y relaja a partes iguales. No, no es eterno. Hay un límite: dos meses. Dos lunas, ni un día más. Es justo la ventana de tiempo para ver si la pareja laboral encaja, si hay química, si las expectativas se cumplen. Termina el periodo de prueba y ya se entra en la selva real del empleo fijo: las reglas cambian, los derechos suben de peso. Pero esos sesenta días (como máximo) son la plataforma de lanzamiento, el laboratorio, el espacio para decir: aquí se queda, o aquí no cuadra.

¿Qué es un contrato indefinido con periodo de prueba?

Imaginar un contrato indefinido con periodo de prueba es como empezar una novela de largo recorrido con un prólogo inquietante. Entrar en la relación laboral, pero sin ataduras absolutas, aún. Esa fase inicial lo cambia todo: permite examinar, explorar, descubrir si el empleado encaja y si la empresa promete lo que vendió. No es solo una formalidad aburrida; es el tiempo de las primeras impresiones y las dudas existenciales. Y tanto empresa como trabajador se dan, sin pudor, la posibilidad de darse la vuelta. Una especie de filtro previo antes de lanzarse juntos al infinito contrato indefinido.

¿Qué pasa si me voy del trabajo en periodo de prueba?

Irse de un trabajo en periodo de prueba tiene el sabor de la huida elegante, sin dramas ni etiquetas de traición. Basta con avisar, a veces ni siquiera hace falta gran despliegue ni preaviso épico, salvo que el contrato lo cuente distinto. La empresa no tendrá que romper la hucha de las indemnizaciones por ese adiós precipitado. Eso sí: todos los días trabajados hasta despedida tienen su remuneración garantizada (faltaba más). Es el momento para decir ‘no es lo mío’ y continuar, sin mochilas emocionales, con las cuentas claras y derecho al salario de lo andado, ya está, sin más vueltas.